El 18 de diciembre se conmemora el 45 aniversario de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), un tratado internacional adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979 y en vigor desde 1981. Conocida como la «Carta Internacional de los Derechos de las Mujeres», la CEDAW marcó un hito al reconocer que la igualdad entre mujeres y hombres es un pilar de los derechos humanos.
Sin embargo, en este aniversario, resulta imperativo reflexionar sobre la realidad actual: los derechos de las mujeres y niñas siguen siendo los más vulnerados en el mundo. Este contexto refleja la falta de voluntad política y social para combatir de manera efectiva la opresión, discriminación y violencia que enfrentamos en nuestro día, a lo largo y ancho del planeta, perpetuando así una brecha estructural que socava nuestra dignidad, derechos y libertades, y evidenciando la negligencia de los Estados y las instituciones en su deber de garantizarlos.
La CEDAW: un marco normativo basado en la categoría jurídica ‘sexo’
La CEDAW no sólo es un documento jurídico que contiene los derechos de las mujeres, es un tratado de Derecho Internacional público vinculante para los Estados firmantes. Entre sus principales mandatos, destacan:
- Eliminar todas las formas de discriminación contra mujeres y niñas.
- Garantizar la igualdad real entre mujeres y hombres.
- Modificar legislaciones y prácticas discriminatorias.
- Crear instituciones y mecanismos efectivos para proteger los derechos de las mujeres.
Esta Convención parte de una premisa fundamental: las desigualdades entre mujeres y hombres tienen su raíz en el sexo. Así, reconocer la categoría jurídica ‘sexo’ permite diseñar medidas específicas que aborden las formas de discriminación estructural que afectan a las mujeres debido a nuestra condición biológica. Ignorar esta distinción desdibuja los derechos de las mujeres, debilitando su protección y perpetuando desigualdades históricas.
Derechos más vulnerados: una crisis global
Los derechos humanos de las mujeres son los más frágiles e inestables y frecuentemente son violados en todas las regiones del mundo. Las cifras son reveladoras:
- Violencia: Un tercio de las mujeres del planeta es víctima de violencia: feminicidios, malos tratos, violencia sexual, prostitución, trata de mujeres con fines de explotación sexual, pornografía, mutilación genital femenina, matrimonios forzados, etc.
- Pobreza: Las mujeres representan el 70% de las personas en pobreza extrema. Y, en buena parte de los países del mundo, aún no han hallado el pleno disfrute los derechos en igualdad de condiciones que los hombres.
- Exclusión educativa y económica: Tradiciones culturales y religiosas niegan o dificultan que millones de mujeres accedan a la educación, a empleos dignos y a la participación en la vida pública.
- Crisis y conflictos: Las guerras, el cambio climático y las pandemias profundizan las desigualdades, relegando a las mujeres a condiciones de mayor vulnerabilidad y violencia.
Además, en las dos últimas décadas, discursos y legislaciones que diluyen la categoría jurídica de sexo han agravado la situación, invisibilizando las desigualdades estructurales y poniendo en peligro los avances logrados por el movimiento feminista a lo largo del siglo XX.
El sexo como base de los derechos humanos de las mujeres
La categoría jurídica ‘sexo’ es el fundamento esencial para proteger los derechos de las mujeres y niñas. Históricamente, esta diferencia biológica ha sido utilizada para justificar nuestra opresión, exclusión y la violencia que sufrimos por ser mujeres. La CEDAW reconoce que abordar las desigualdades estructurales requiere partir de esta realidad, garantizando políticas específicas que protejan a las mujeres frente a la violencia, la discriminación y la precariedad.
Las leyes de autodeterminación del sexo (conocidas como leyes trans) que permiten a nacidos varones cambiar el sexo registral e inscribirse legalmente como mujeres, por su mera declaración de voluntad, supone la negación absoluta del sexo como categoría jurídica. Y, por ello violan la CEDAW, la Declaración Universal de los DDHH, la Constitución española y las leyes, desarmando los marcos normativos diseñados para garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, negando nuestras necesidades específicas.
La autodeterminación de sexo no sólo debilita los derechos de las mujeres, sino que también invisibiliza las desigualdades estructurales que la CEDAW busca erradicar. Al borrar la categoría ‘sexo’ como base jurídica, se diluyen las herramientas necesarias para medir, abordar y combatir la discriminación basada en el sexo, lo que afecta la capacidad de los Estados para cumplir con las obligaciones establecidas por la Convención.
Por este motivo, y muchos más, las leyes trans son contrarias al orden jurídico nacional e internacional y deben ser derogadas. En este 45 aniversario, debemos exigir a los Estados y a la comunidad internacional un compromiso real para proteger de forma efectiva los derechos de las mujeres y niñas, porque los nuestros también son derechos humanos y urge que sean debidamente protegidos y garantizados tal y como establecen las normas vigentes.