acoso judicial a las feministas
Yasmina Lozano Prieto, Ana Julia Di Lisio, Carola López, Christina Ellingsen, Maya Forstater y Lucía Etxebarria (de izquierda a derecha).

Acoso judicial a las feministas

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Este verano conocimos a través de la plataforma feminista La Fuerza de las Mujeres la denuncia contra la abogada feminista Yasmina Lozano Prieto, en un nuevo caso de acoso judicial contra las feministas. Aunque éste es el último que conocemos, se suma a una larga lista de casos, entre los que se hallan los de Maya Forstater, Christina Ellingsen, Ana Julia Di Lisio, Lucía Etxebarria y Carola López y otros más. Y, aunque algunos no terminen en juicio, el acoso contra las feministas se expresa de diversas maneras, que suelen empezar con el acoso en redes sociales, buscando siempre el fin de censurar a las mujeres.  

En el contexto actual de las nuevas normativas de ¿censura? que se están promoviendo desde el Gobierno de España y de la Unión Europea, el acoso judicial de quienes defienden las causas justas como el feminismo, la protección del medio ambiente, los derechos laborales o la búsqueda de la verdad y denuncia social a través del periodismo, es un asunto de máxima relevancia y actualidad. Por ello, conviene que conozcamos el caso de la abogada Lozano, porque cualquier persona puede ser víctima de esta clase de coacción y violación de sus derechos fundamentales, como le ha sucedido a otras mujeres.       

Los hechos del caso Monrroy vs. Lozano

El conflicto que ha dado lugar al juicio entre las partes que habrá de celebrarse el próximo mes, halla causa en la denuncia presentada por la persona que para la fecha de los hechos se llamaba Kevin Díaz Monrroy, contra la abogada Yasmina Lozano Prieto por supuestas injurias y acoso. Según la parte denunciante, las injurias consistían en que la abogada le había llamado ‘varón’, lo que le causó un perjuicio psicológico, al recordarle que aún tenía pene.

Y el acoso consistía en que la abogada supuestamente había incitado a otras mujeres a llamarlo «misógino» o «abusador» a través de las redes sociales, y le había dedicado un tuit con la imagen de un pene acunado, acompañado de la letraduérmete niñe, duérmete ya que sino vienen las terfas y te escrachearan”. 

La parte denunciante –que ahora responde al nombre a Kiara Monrroy, por haberse acogido al cambio de sexo registral con posterioridad a los hechos– había colgado en redes un vídeo en el que aseguraba que las “terfachas” perseguían a las ‘mujeres trans’ “como los nazis perseguían a los judíos” con base en el “pensamiento ideológico de que una mujer tiene que tener vulva”.

El vídeo en cuestión contenía imágenes de un acto en el Centro de la Mujer de Getafe, presidido por Ángela Rodríguez ‘Pam’,entonces Secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, organizado por la Federación Plataforma Trans, en abril de 2023. Acto al que se oponían las feministas de dicha localidad, disgustadas con la ley trans que entonces acababa de ser aprobada. Según la parte denunciante, la abogada Lozano había estado en dicho acto boicoteando a los trans; pero ella asegura que ese día estaba en su localidad. En todo caso, el boicot es parte del ejercicio de las libertades legítimas.

A esta denuncia, se le suma la presentada por la persona titular de la presidencia de la Federación Plataforma Trans, que también estaba presente en el acto de Getafe, y quien acusa a la abogada Lozano de delito de odio por su supuesta comparecencia al mismo. Aunque no consta que la abogada haya asistido a dicho acto, la acusación se basa en un mensaje de sus redes en el que Yasmina Lozano agradecía a las feministas su participación en el mismo.           

¿Llamar varón a un nacido varón es una injuria que viola su dignidad?

Del caso que ha trascendido en las redes sociales de las organizaciones feministas y la prensa, hemos sabido que Monrroy alega haber sido objeto de injurias por haber sido llamado ‘varón’. Y la otra denuncia se basa en que la abogada había incurrido en supuesta transfobia, pues se considera tal el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y manifestación de la abogada Lozano.

De acuerdo con el artículo 208 del Código Penal, para que se configure el delito de injurias, la acción debe menoscabar gravemente la dignidad o fama de la persona afectada. Esto incluye tanto imputaciones falsas como expresiones ofensivas que atenten contra la estima personal de una forma significativa.

Dice la ley, se considerará injuria las imputaciones deshonrosas que se hagan «con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad«. En este caso, al decirle la abogada ‘varón’ a alguien que ha nacido varón, no puede considerarse como una afirmación falsa ni hecha con desprecio hacia la verdad; máxime cuando la persona denunciante reconoce que para esa fecha seguía llamándose Kevin y aún no había realizado el cambio del sexo registral.   

Contrario a lo que la persona denunciante decía en su mensaje de redes, el sexo no es una cuestión ideológica; sino un hecho fáctico, materialmente verificable y constatable científicamente, como puede comprobarse por mera observación y  probarse de forma concluyente a través de una simple prueba de ADN con hisopo bucal. Según la ciencia, las mujeres somos las hembras humanas, portadoras de cromosomas XX, que nos dotan de las características sexuales primarias y secundarias que nos distinguen, entre las que se hallan tener vulva.   

Por lo tanto, no se cumple este requisito del delito, dado que decir varón a un nacido varón no es ni puede ser objeto de reproche penal ni de ninguna otra manera. Y, desde luego, no puede ser considerado causal de violación de la dignidad. Decir la verdad sólo podría ser delito en los regímenes totalitarios, allí donde no existen derechos, ni libertades ni garantías democráticas, sino la “verdad del régimen”. Como quedó de manifiesto en el caso de la escritora Lucía Etxebarria, llamar varón a un nacido varón no es delito.

En la sentencia que resolvió dicho caso, el juez señaló que con independencia de la vivencia interna e individual de la persona -identidad de género-, no por ello vendría obligada a utilizar en su referencia a Marcos Ventura el pronombre y el género gramatical femenino cuando el interlocutor o persona de la que se habla presenta determinadas características genitales o de apariencia externa que socialmente permiten identificarla con el sexo masculino”.  

¿Llamar ‘terfachas’ a las feministas y equipararlas con los nazis es injuria?

Como sabemos, el término «TERF» (Trans-Exclusionary Radical Feminist) es utilizado de manera despectiva y violenta por los transgeneristas para atacar a feministas que no aceptan que los hombres puedan identificarse como mujeres. Y al añadirle el término «facha» (fascista) exacerba la gravedad del insulto, ya que en España ser tildado de «fascista» tiene connotaciones extremadamente negativas, dado el trasfondo histórico del régimen franquista, que fue especialmente misógino y reaccionario contra las mujeres. 

Siendo esto grave, equiparar a las feministas con los nazis –una de las ideologías más violentas y genocidas de la historia, responsable de los horrores de la Segunda Guerra Mundial– va mucho más allá de una simple ofensa personal. Esta comparación no sólo es gravemente ofensiva, sino que trivializa el sufrimiento y las atrocidades del nazismo, equiparando la defensa de los derechos de las mujeres con una organización cruel de exterminio masivo.

En el caso que nos ocupa podemos apreciar que sí existen injurias graves y lesión a la dignidad, pero hacia la abogada Lozano por parte del denunciante, pues esta persona asocia a las feministas con ideologías opresivas, crueles y totalitarias, dañando gravemente la reputación de las feministas y la percepción pública de nuestro movimiento, que nunca, jamás en la historia ha causado daño a nadie. De hecho, gracias al feminismo, las sociedades han logrado alcanzar mayores niveles de democracia, bienestar, equidad y justicia social. 

En este caso, como en todos los demás de acoso contra las feministas, la acusación de transfobia ha sido empleada para censurar, intimidar, acosar y violentar a las mujeres que defienden los derechos de las mujeres, y tratar de silenciarlas, violando sus derechos fundamentales, entre ellos, los derechos a la libertad de expresión y la no censura, reunión, manifestación e ideología. Esta es una de las mil razones por las que la ley trans viola la Constitución y las leyes, y por la que debe ser derogada. Todo nuestro apoyo a Yasmina Lozano.     

Sandra Moreno

Jurista, doctora en Derecho. Vicepresidenta de Feministas Radicales.
Twitter: @ConSandramoreno