“Promover, proteger, y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”. Lo dice la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyo Día Internacional se celebra este mes de mayo. La Convención y su Protocolo Facultativo fueron aprobados por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006. España la ratificó en 2007 y el 3 de mayo de 2008 entró en vigor, pasando a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico. Sin embargo, queda mucho camino por recorrer, especialmente para mujeres y niñas, las más vulnerables.
La Convención de los Derechos de Personas Con Discapacidad (CDPC) supuso el cambio de paradigma a la hora de abordar el fenómeno de la discapacidad, que pasaba a ser un asunto de todos, y dejaba de ser algo inherente a la persona con discapacidad y su familia. El espíritu de la Convención se resume en su propio texto: “promover, proteger, y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.
Y hay que hacerlo poniendo en valor los factores biológicos, psicológicos y sociales que afectan a las personas con discapacidad e impiden su participación social y el desarrollo de su actividad en la sociedad y, por tanto, marcando como objetivo tomar medidas de actuación que reduzcan el impacto negativo que supone la presencia de todo tipo de barreras para las personas con discapacidad.
Los ajustes necesarios, elementos de equidad
Los que trabajamos en el ámbito de la discapacidad o de los Derechos Humanos, somos conscientes de que la ratificación de la Convención es sin lugar a duda, el mayor avance en materia de derechos humanos del siglo actual, dada su explícita dimensión de desarrollo social.
Como hemos dicho, la CDPC supone un cambio de paradigma pues modifica las actitudes y los enfoques desde los que consideramos a las personas con discapacidad, y se hace además bajo una premisa: todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
Para poder llevar esto a cabo, la propia convención establece la necesidad de introducir adaptaciones que permitan a las personas con discapacidad ejercer de forma efectiva sus derechos. Y decimos “efectiva”, pues de nada sirve que un grupo social ostente derechos en el papel si luego no se cumplen. Es lo que pasa con las personas con discapacidad. Queda mucho camino por hacer para que sea efectiva esa igualdad que recoge la norma, queda mucho por hacer para que se cumplan las leyes que garantizan sus derechos.
Trasversalidad: la palabra mágica
Para lograr todo esto, es importante “incorporar las cuestiones relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo sostenible”. No se trata de crear planes para unos pocos, sino de que lo que se haga, sirva para todas y todos. Eso es el diseño universal y la accesibilidad real. Eso es hacer políticas para no dejar a nadie atrás.
Pero no olvidemos que, como indica la convención, “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. Es decir, la vulneración de la dignidad viene dada cuando se discrimina contra cualquier persona por razón de su discapacidad, borrando su valor inherente como ser humano, y superponiendo la discapacidad al resto de sus capacidades.
Pese a los esfuerzos y los instrumentos disponibles, “las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás personas en la vida social” y, por tanto, “se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas las partes del mundo”.
La diversidad genera valor
Entre los aspectos más innovadores a la hora de entender y atender la discapacidad, la CDPD reconoce la “diversidad” de las personas con discapacidad así como el “valor de las contribuciones que realizan y pueden realizar las personas con discapacidad al bienestar general y a la diversidad de sus comunidades”, contribuyendo al avance significativo “en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad y en la erradicación de la pobreza”.
Además, atiende a la “importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”. En este sentido, considera que estas personas han de tener la “oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente” y reconoce la importancia de la “accesibilidad” para lograr todo ello; una accesibilidad al entorno físico, pero también al entorno social, al económico y cultural, a la salud y a la educación; y a la información y las comunidades.
El texto recuerda la responsabilidad y “obligaciones que tienen las personas respecto a otras personas, así como la responsabilidad de la comunidad con respecto a las personas que pertenecen a ella, en cuanto a hacer que se “promuevan y respeten los Derechos Humanos”. También atiende al papel de la familia como “unidad colectiva natural y fundamental de la sociedad”, defendiendo la necesidad de que el Estado provea a las personas con discapacidad y a sus familias de la “protección y la asistencia necesarias” para garantizar el goce pleno de los derechos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones.
La discapacidad, un asunto de todos
De esta forma, la CDPD genera un nuevo contexto de atención a la discapacidad, modificando la forma de comprenderla y las respuestas mundiales a sus necesidades, reconociendo la diversidad que conlleva el fenómeno, haciendo de la discapacidad un asunto de todas y todos y estableciendo responsabilidades sociales—tanto de las personas como de las instituciones—para garantizar que los Derechos Humanos lleguen a todos los individuos, independientemente de que tengan o no una discapacidad, o el grado de afección y la tipología de esta.
Esto significa que la accesibilidad y la superación de barreras son asuntos que nos atañen a todos, y como sociedad, tenemos la obligación de trabajar para mitigar situaciones como la discriminación, la violencia o la pobreza, que aun hoy afectan especialmente a las personas con discapacidad.
Las mujeres y niñas con discapacidad, las más vulnerables
Pero también aquí las mujeres y niñas son más vulnerables y así lo corrobora la Convención, que advierte que “las mujeres y niñas suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación”.
Aquí hablamos de discriminación interseccional, de menores tasas de empleo que las mujeres sin discapacidad y que los hombres con discapacidad, de menor presencia en los estudios, de mayor analfabetismo, de mayor precariedad… de más abusos sexuales, de más violaciones, de más violencia de género…
Mucho por hacer
Con todo, queda mucho trabajo por hacer para garantizar el cumplimiento y la satisfacción efectiva de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad en general, y de determinados grupos afectados en particular y, hay que tener en cuenta una premisa fundamental: si no se destinan los recursos necesarios para ello, dicho cumplimiento nunca podrá ser efectivo; pero además, si no educamos en valores, rompiendo estigmas y estereotipos y visibilizando las capacidades de las personas con o sin discapacidad, el mundo nunca será un lugar equitativo y habremos fracasado como sociedad.
(Elaborado a partir del libro Visibilizar la discapacidad: hacia una Ciudadanía Inclusiva, de Pilar Gomiz, autora de este texto, editorial Fragua.)